Reforma y adición a diversos artículos de la Ley General de Protección Civil, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley General de Cambio Climático. De la Ley General de Protección Civil: Considerar al Sargazo como un fenómeno de desastre natural, para que cuando se presente se pueda emitir la declaratoria de desastre natural y se activen todos los protocolos de atención y protección civil y acceso a todos los apoyos de recursos federales que se destinan para dichos desastres, conforme a esta ley.
De la Ley Federal de Derechos: Destinar un 50% de la recaudación por Derecho de aprovechamiento de la ZOFEMAT, para limpieza de playas (25%) y contención del sargazo en altamar (25%).
De la Ley General de Cambio Climático: Incluir el fenómeno del sargazo dentro de la política nacional de adaptación al cambio climático que prevé la ley. Al incorporarlo el fenómeno del sargazo pasará a formar parte prioritaria de la estrategia nacional para enfrentar los efectos de cambio climático, y se convertirá en uno de los objetivos de las acciones contempladas en la participación de los gobiernos municipales, estatales y federal, así como de los sectores social, privado y académico.